Salud Mental y Derechos Humanos

Salud Mental y Derechos Humanos

Año 2021

Salud mental, un derecho necesario. ver más...

 

En el año 2010 se aprobaron las leyes de salud mental tanto en la Provincia de Córdoba (Ley 9848) como a nivel nacional (Ley 26657). Ambos marcos normativos proponen la transformación progresiva en los sistemas de atención a los problemas de salud mental de la población, lo cual implica reemplazar el “viejo paradigma”  centrado en la peligrosidad y en la irrecuperabilidad por un “nuevo paradigma” que contempla la posibilidad de que todos puedan convivir en comunidad y desarrollar proyectos de vida en común. El objetivo de esta transformación  es que estas leyes posibiliten la construcción de ciudadanía política y social, colaborando en la ampliación de derechos y garantizando el acceso a los servicios de salud mental.

Sin embargo, a 6 años de haberse sancionado dichas leyes, se entiende que la legislación es un marco necesario pero no suficiente para lograr los objetivos enunciados ya que se constata que las prácticas violatorias de derechos humanos en esta área de la salud no han sido desterradas.

Esta situación requiere la creación de órganos de revisión en cada provincia contemplados en La Ley Nacional de Salud Mental que en su artículo 38 establece la creación del Órgano de Revisión Nacional cuyo objetivo es proteger los derechos humanos de los usuarios en los servicios de salud mental. A su vez, los artículos 39 y 40, estipulan cómo debe estar integrado dicho órgano y cuáles son las funciones que se le asignan respectivamente. Una de las principales funciones es “promover y colaborar para la creación de órganos de revisión en cada una de las jurisdicciones, sosteniendo espacios de intercambio, capacitación y coordinación, a efectos del cumplimiento eficiente de sus funciones”.

En Córdoba, aún cuando la Ley Provincial de Salud Mental (9.848) no prevé la creación de este mecanismo, el Observatorio de DDHH entiende que es fundamental la creación y delimitación de un Órgano de Revisión Local dentro del esquema jurídico provincial donde se prevean los mecanismos adecuados para canalizar reclamos que atiendan situaciones de urgencia y gravedad institucional violatorias de los derechos humanos.