Consejo Interuniversitario Nacional (CIN)

 

 

 

 

El Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) fue creado por Decreto del Presidente de la República Argentina, Dr. Raúl Alfonsín, el 20 de diciembre de 1985. El Consejo es una persona de derecho público no estatal que se sostiene, primordialmente, con los aportes que realizan sus miembros.
Durante sus primeros diez años de vida, nucleó, exclusivamente, a las universidades nacionales que, voluntariamente y en uso de su autonomía, se adhirieron a él como organismo coordinador de políticas universitarias. A partir de la sanción de la Ley de Educación Superior (1995), se han incorporado los institutos universitarios y las universidades provinciales reconocidas por la Nación.

El CIN tiene funciones, esencialmente, de coordinación, consulta y propuesta de políticas y estrategias de desarrollo universitario y la promoción de actividades de interés para el sistema público de educación superior. Es, además, órgano de consulta obligada en la toma de decisiones de trascendencia para el sistema universitario.

Junto con el Consejo de Rectores de Universidades Privadas (CRUP) y representantes de los Consejos de Planificación Regional de la Educación Superior (CPRES), integra el Consejo de Universidades, que preside el Ministro de Educación de la Nación.

 

Como miembro de Consejo de Universidades, desarrolla las siguientes acciones:

  • Acuerda con el Consejo Federal de Educación criterios y pautas para articular con otros niveles educativos.
  • Participa en el Consejo Consultivo del Instituto de Formación Docente.
  • Determina las carreras universitarias de grado sujetas a acreditación y, de ellas, la carga horaria mínima de los planes de estudio, los contenidos curriculares básicos y los criterios sobre la intensidad de la formación práctica y los patrones y estándares para los procesos de acreditación.

 

Son órganos de Gobierno del CIN:

  • El Plenario de Rectoras y Rectores, integrado por el máximo responsable de cada institución universitaria.
  • El Comité Ejecutivo, integrado por ocho vocales, todos rectores, quienes tienen a su cargo, cada uno, la presidencia de una comisión permanente.
  • El Presidente y el Vicepresidente, cargos ocupados por Rectores elegidos por el Plenario y que, también, integran el Comité Ejecutivo.

El Plenario de Rectoras y Rectores se reúne dos veces al año, en marzo y septiembre, en sesión ordinaria, que se lleva a cabo en la sede de alguna universidad miembro. Asimismo, cuando las circunstancias lo requieren por su urgencia o importancia, se realizan reuniones extraordinarias, en su sede de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La Dirección General, la Secretaría Ejecutiva y la Secretaría Económica Financiera, de carácter permanente, gerencian las distintas actividades del Consejo y ejecutan su presupuesto.

 

Comisiones de trabajo en las que participan representantes de la Secretaría de Asuntos Académicos (SAA) de la UNC

 

Contacto

Haya de la Torre s/n. Ciudad Universitaria. Pabellón Argentina, PB.
Teléfonos/fax: (54 351) 433-3049 /3050, interno 101.
Correo electrónico: consulta@academicas.unc.edu.ar