Afectación de Haberes-FAQ

¿Qué es un embargo?
Es una retención por una determinada cantidad de dinero ordenado por un oficio judicial. Cabe aclarar que la UNC- Embargos, es solo un agente de retención, toda duda que se presente sobre este deberá dirigirse al abogado/a que diligencia el embargo, apellido y nombre que figura en el oficio judicial. (Datos que pueden obtenerse del padrón de abogados/as de Córdoba www.colegioabogadoscba.com.ar )
¿Qué tipos de embargos existen?
Pueden ser de dos tipos. Los comunes (por deudas que contraen los agentes) y de carácter alimentario (que son cuotas de alimentos para hijo/s del agente).
¿Cuáles son los requisitos para ingresar un oficio de embargo común de un agente de la UNC-Ciudad de Córdoba ?

Según reglamentación vigente todos los oficios deben ingresar por Mesa General de Entradas de la UNC según Resolución Rectoral Nº 1115/2001 , luego de abonar el arancel correspondiente indicado en dicha Dirección. Allí se les asigna el ingreso oficial y el orden de correlación. Las únicas maneras de hacer este trámite son:

Presencial: Presentar original y copia de Oficio Judicial en la Dirección de Mesa General de Entradas y Salidas del Rectorado ubicada en Av. Valparaíso s/n  de lunes a viernes de 8 a 14. Se deberán dejar en el buzón junto con el nro. de teléfono y el correo (sólo para embargos con firma ológrafa).

Además, en este contexto de pandemia se habilitó un procedimiento especial solo para oficios firmados y certificados digitalmente.

Por mail: Si los oficios se encuentran certificados digitalmente por el tribunal deberán enviarse al mail: mesagral.entrada@rectorado.unc.edu.ar 

Una vez ingresado y a modo de facilitar el intercambio de información sobre el trámite se brinda el teléfono celular y el mail del Ab.Diego Hernán Aguirre de la Dirección Afectación de Haberes-SGI UNC-(solo se receptarán WhatsApp escritos) al 3518020318 o por Mail: embargos@gestion.unc.edu.ar

¿ Cuál es el costo de la tasa que se debe abonar para iniciar un oficio de embargo común?

El valor del arancel para el presente año está establecido por Resolución Secretaria General Nº 2/2024 | Ver Anexo

 

¿Cuáles son los requisitos para ingresar un oficio de embargo de carácter alimentario de personal de la UNC-Ciudad de Córdoba?
Presentar original y copia del oficio judicial en Mesa General de Entradas y Salidas del Rectorado ubicado en Av. Valparaíso S/N o bien por Mesa de Entradas de la Secretaría de Gestión Institucional ubicada en Artigas 160. Este trámite no implica el pago de arancel.
¿Una persona puede tener varios embargos juntos en ejecución?
Sí. Existen las siguientes posibilidades:
• Puede haber más de un embargo de carácter alimentario en ejecución.
• Puede haber una cuota de carácter alimentario y un embargo común en ejecución. 
Se aclara además, que puede haber solo un embargo común en ejecución. Si llegara otro embargo común estando uno en ejecución, el nuevo quedará pendiente. Si llegara más de uno, quedarán pendientes por orden de ingreso a la Secretaría de Gestión Institucional. 
¿Qué debe hacer la persona cuando termina el embargo?
Una vez finalizado, se sugiere al empleado que se acerque a la Dirección de Embargos y retire el estado de cuenta para presentarlo ante el/la abogado/a embargante y aclarar la situación. Con ello,  obtendrá un recibo de pago total para su cancelación.
¿Puede repetirse un embargo por la misma causa?
Sí, se llaman ampliaciones. Pueden originarse debido a intereses, honorarios del abogado/a, gastos administrativos del estudio, etc.