SIRADIG: deducción Alquileres

La Secretaría de Gestión Institucional informa que la AFIP, mediante Resolución General Nº 5521/2024 reglamentó el incentivo impositivo aplicable a la locación de inmuebles estipulado en la LEY Nº 27.737.

La normativa incorporó al artículo 85 de la Ley de Impuesto a las Ganancias una deducción del 10% del monto total anual de alquileres de inmuebles destinados a casa-habitación, que puede ser computada por el locatario y por el locador. El locatario podrá computar esta deducción adicionalmente a la deducción del 40% ya existente por hasta un monto equivalente al mínimo no imponible, en caso de corresponder.

Para aplicar esta deducción, se deberá informar el importe de los alquileres correspondientes al período fiscal 2023 mediante el formulario de declaración jurada F. 572, a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – TRABAJADOR”, hasta el día 15 de julio 2024. Se deberá respaldar el valor cobrado o abonado del alquiler mediante factura o documento equivalente y presentar copia del contrato en formato pdf.